No todos los conductores conocen las normas sobre cómo adelantar a un ciclista en la carretera. La norma cambiará pronto, así que toma buena nota de lo que dice la DGT.
Tráfico recuerda que el Reglamento General de Circulación (RGC) les permite circular en paralelo
La Dirección General de Tráfico ha aclarado en una de sus últimas publicaciones en Twitter cómo deben circular los ciclistas cuando viajen en carretera. Es una circunstancia que genera bastante confusión cuando bibicletas y coches confluyen en un mismo tramo.
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El Reglamento de Circulación es muy claro tanto en este apartado como el que dice si los ciclistas pueden circular en paralelo.
Para una adecuada convivencia entre conductores y ciclistas, o entre vehículos y bicicletas, debe haber un respeto mutuo y, sobre todo, conocer lo que dice la Ley al respecto de cómo actuar cuando se encuentran en una carretera. Es muy habitual ver cómo los conductores dudan a la hora de adelantar en carretera, especialmente en secundarias, a un ciclista, y eso puede poner en riesgo no solo a este, también a nosotros mismos y a otros conductores.
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No son pocos los conductores que, a través de las redes sociales, se quejan de que los ciclistas no circulan como es debido en la carretera, colocándose en filas de a dos y dificultando el adelantamiento. Lo cierto es que, según el reglamento de circulación de España, los ciclistas sí que pueden circular en paralelo siempre que se orillen lo máximo posible al lado derecho de la calzada.
Tráfico recuerda que el Reglamento General de Circulación (RGC) les permite circular en paralelo. En concreto, el artículo 36 señala que las «bicicletas podrán circular en posición paralela, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía, colocándose en hilera en tramos sin visibilidad y cuando formen aglomeraciones de tráfico». Y añade: «En descensos prolongados con curvas, cuando la seguridad lo permita, podrán circular por la derecha de la calzada».
Es decir, si un coche circula detrás de dos ciclistas que están haciendo lo propio en paralelo, ha de respetarlos en cualquier caso y más por el hecho de que la legalidad les asiste. Si la vía lo permite, el vehículo puede rebasarlos dejando la distancia de seguridad de metro y medio con el ciclista que circula por el interior del carril, si no, el coche ha de bajar la marcha y esperar a otra oportunidad para rebasarlos.
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Ambos bandos a la hora de circular
Por un lado, ha recordado que los conductores debemos dejar la separación mínima lateral de metro y medio cuando adelantemos a ciclistas, incluso si implica pisar o traspasar la línea continua y meterte en el carril contrario. Eso sí, cuando lo hagas, asegúrate que no existe riesgo: por ejemplo, que no viene ningún coche de frente, que no haya mala visibilidad, que no sea en un cambio de rasante… Si es necesario, incluso, reduce tu velocidad antes de adelantar al o los ciclistas.
En segundo lugar, la DGT ha clarificado en qué situaciones los usuarios de bicicletas pueden circular en paralelo o “de dos en dos, si no forman aglomeración y con buena visibilidad”. Recuerda que los ciclistas también deben conocer esta y otras normas para utilizar la vía: estarán obligados a usar el arcén de la derecha siempre que no exista una zona destinada específicamente para su uso.
Os recordamos algunas normas sobre circulación de bicicletas en #carretera🚴
✅Para adelantarlas puedes traspasar la línea continua dejando al menos #MetroYMedio de distancia lateral
✅ Pueden circular en paralelo, de 2 en 2, si no forman aglomeración y con buena visibilidad pic.twitter.com/vp8cuPpdWA
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 2, 2021
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