Multa por ir a 140 km/h en una autovía de 120: lo que tenéis que saber (y cómo no mezclar multas con mudanzas)

 

 

 

Multa por ir a 140 km/h en una autovía de 120: lo que tenéis que saber (y cómo no mezclar multas con mudanzas)

Si sois de los que pensáis que ir “solo un poco” por encima del límite no pasa nada, este artículo os interesa (y mucho). Ir a 140 km/h en una autovía limitada a 120 km/h parece poca cosa, pero tiene consecuencias claras en multas, puntos y, si vais cargados por una mudanza, en vuestra seguridad y en vuestro bolsillo.

Como empresa de 𝐦𝐮𝐝𝐚𝐧𝐳𝐚𝐬 𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬 que recorre España de punta a punta, en Mudanzas Extremeñas vivimos cada día con radares, límites de velocidad y campañas de la DGT, igual que vosotros cuando viajáis o hacéis una mudanza grande.


¿Cuál es la multa por ir a 140 km/h en una vía limitada a 120 km/h?

Vamos al dato que más os interesa: dinero y puntos del carnet. Según el cuadro oficial de sanciones de la Ley de Tráfico, en una autovía o autopista limitada a 120 km/h, circular entre 121 y 150 km/h se sanciona con 𝐦𝐮𝐥𝐭𝐚 𝐝𝐞 𝟏𝟎𝟎 € 𝐲 𝟎 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨𝐬. Es decir, ir a 140 km/h entra en esta franja de infracción grave, pero sin pérdida de puntos.

Medios especializados como Autopista, Autobild, Motorpasion o RACE coinciden en esa escala: a 140 km/h en una vía de 120 km/h, os caerá 𝐮𝐧𝐚 𝐦𝐮𝐥𝐭𝐚 𝐝𝐞 𝟏𝟎𝟎 € (𝟓𝟎 € 𝐜𝐨𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐧𝐭𝐨 𝐩𝐚𝐠𝐨), sin pérdida de puntos, siempre que el límite real del tramo sea 120 y la velocidad sancionadora corregida sea 140 km/h.

PRESUPUESTO ONLINE GRATUITO

 

 

¿Por qué a 140 km/h no os quitan puntos? (pero sí os puede salir caro)

La primera franja de exceso de velocidad en autovías de 120 km/h (121‑150 km/h) se considera 𝐢𝐧𝐟𝐫𝐚𝐜𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐠𝐫𝐚𝐯𝐞, pero sin detracción de puntos. La pérdida de puntos empieza a partir de 151 km/h, donde la sanción sube a 300 € y 2 puntos del carnet; a partir de ahí, las multas siguen subiendo hasta los 600 € y 6 puntos.

Os mostramos las tablas:

  • 𝟏𝟐𝟏‑𝟏𝟓𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → 𝟏𝟎𝟎 € y 0 puntos.

  • 𝟏𝟓𝟏‑𝟏𝟕𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → 𝟑𝟎𝟎 € y 2 puntos.

  • 𝟏𝟕𝟏‑𝟏𝟖𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → 𝟒𝟎𝟎 € y 4 puntos.

  • 𝟏𝟖𝟏‑𝟏𝟗𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → 𝟓𝟎𝟎 € y 6 puntos.

  • 𝐌𝐚́𝐬 𝐝𝐞 𝟏𝟗𝟏 𝐤𝐦/𝐡 → 𝟔𝟎𝟎 € y 6 puntos (muy grave, y ojo con el Código Penal).

Así que sí, a 140 km/h no os quitan puntos… pero os estáis acercando peligrosamente a la siguiente franja, donde la broma deja de ser graciosa y puede afectar a vuestra capacidad para conducir… y para hacer vuestra mudanza con normalidad.


¿Cuándo pasa de multa a delito penal?

Aquí viene la parte seria de verdad. En vías interurbanas, el exceso de velocidad se convierte en 𝐝𝐞𝐥𝐢𝐭𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚 𝐥𝐚 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐯𝐢𝐚𝐥 cuando se supera el límite en más de 80 km/h, según el artículo 379 del Código Penal. En una autovía limitada a 120 km/h, eso significa circular a 201 km/h o más.

En esos casos ya no hablamos solo de 600 € y 6 puntos, sino de posibles 𝐩𝐞𝐧𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐢𝐬𝐢ó𝐧, 𝐦𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐩𝐞𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬, 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐨𝐬 𝐞𝐧 𝐛𝐞𝐧𝐞𝐟𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐜𝐨𝐦𝐮𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝 y retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.

A 140 km/h estáis lejos de ese escenario penal, pero es importante tener claro el mapa completo: si vais subiendo “un poquito más” sin daros cuenta, el salto de simple multa a delito está ahí, y no perdona.

 

 


No siempre 140 km/h implica la misma multa: el límite real manda

Una de las claves es que la sanción depende del 𝐥𝐢́𝐦𝐢𝐭𝐞 𝐫𝐞𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐥 𝐭𝐫𝐚𝐦𝐨, no del límite genérico que tengáis en la cabeza.

Por ejemplo, con velocidad corregida de 140 km/h:

  • Si el límite es 𝟏𝟐𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → +20 km/h → 𝟏𝟎𝟎 € y 0 puntos.

  • Si el límite es 𝟏𝟎𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → +40 km/h → sigue siendo 100 € sin puntos, según tablas de sanciones habituales.

  • Si el límite baja a 𝟗𝟎 𝐤𝐦/𝐡 → +50 km/h → la sanción sube a 300 € y 2 puntos.

Y si habláis de tramos a 60 o 70 km/h (como en zonas de obras), ese mismo 140 km/h os puede poner directamente en las franjas de 400‑600 € y pérdida de 4‑6 puntos.

En resumen: 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐭𝐚𝐧 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐦𝐚𝐫𝐜𝐚 𝐯𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐨 𝐯𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢́𝐦𝐞𝐭𝐫𝐨 𝐜𝐨𝐦𝐨 𝐥𝐚 𝐬𝐞𝐧̃𝐚𝐥 𝐪𝐮𝐞 𝐡𝐚𝐲 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐭𝐫𝐚𝐦𝐨.


El papel de los radares: fijo, móvil y de tramo

Otra duda frecuente: ¿qué velocidad usa el radar para calcular la multa? La velocidad relevante es la 𝐯𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐠𝐢𝐝𝐚, la que queda tras aplicar el margen de error del cinemómetro (radar fijo, móvil o de tramo).

Motorpasion explica bien cómo funcionan los radares de tramo: no miden un punto concreto, sino vuestra velocidad media entre dos puntos, registrados por matrícula. Frenar justo antes de la cámara no sirve si el tiempo total que tardáis en recorrer el tramo implica una velocidad superior al límite.

Además, el velocímetro del coche suele marcar algunos km/h de más por normativa de homologación; ver 140 km/h en el cuadro no significa que el radar haya medido exactamente eso, pero tampoco os da carta blanca para ir “al límite del límite” pensando que no saltará.

CON UNA EMPRESA DE MUDANZAS SIEMPRE TODO MEJOR: VENTAJAS Y BENEFICIOS DE CONTRATAR UNA EMPRESA DE MUDANZAS


 

 

¿A Dónde Hacemos Mudanzas Nacionales?

Pide Presupuesto Gratis

Grandes ciudades: Madrid · Barcelona · Valencia · Sevilla · Málaga · Bilbao · San Sebastián · Vitoria · Zaragoza · Murcia · Alicante · Granada · Córdoba · Huelva · Jaén · Cádiz · Castellón · Santander · Valladolid · Tarragona · Gerona · La Coruña · La Rioja · Navarra

Islas: Palma de Mallorca · Las Palmas de Gran Canaria · Santa Cruz de Tenerife

Extremadura: Badajoz · Mérida · Don Benito · Villanueva de la Serena · Almedralejo · Cáceres · Villafranca de los Barros · Zafra · Fregenal de la Sierra · Jerez de los Caballeros · Montijo · Miajadas · Castuera · Llerena · Azuaga · Navalvillar de Pela · Campanario · Santa Amalia


¿Qué dice el velocímetro y qué ve la DGT?

Los artículos de Autopista y otros medios insisten en una idea clave: la cifra que veis en el velocímetro, la medición bruta del radar y la velocidad sancionadora no tienen por qué coincidir.

Entre márgenes de error, ajustes de calibración y diferencias entre la velocidad indicada por el coche y la real, la única referencia válida para la multa es la cifra que aparece como 𝐯𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐠𝐢𝐝𝐚 en la denuncia. Es sobre esa cifra sobre la que se aplica el cuadro de sanciones y se decide si hay puntos o no.

Por eso, si recibís una notificación por ir a 140 km/h, lo primero es comprobar:

  • Qué límite había exactamente en el tramo.

  • Qué tipo de radar os ha medido.

  • Qué velocidad figura como “corregida” en la denuncia.

 


Pronto pago: ¿compensa pagar 50 € y olvidarse?

La mayoría de multas de 100 € por exceso de velocidad (como la de ir a 140 km/h en una vía de 120) se pueden pagar con pronto pago, quedando en 𝟓𝟎 €. Eso sí, el procedimiento abreviado implica renunciar a presentar alegaciones en la vía administrativa ordinaria.

RACE y otros organismos recuerdan que el plazo para acogerse a ese descuento suele ser de 20 días naturales desde la notificación. Si optáis por el descuento, asumís la sanción tal cual; si decidís recurrir, tenéis que hacerlo dentro de plazo y con argumentos sólidos (errores de matrícula, de fecha, de ubicación, de margen aplicado, etc.).

Nuestra recomendación como empresa que está todo el día en carretera: 𝐫𝐞𝐯𝐢𝐬𝐚𝐝 𝐛𝐢𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐝𝐞𝐧𝐮𝐧𝐜𝐢𝐚 (matrícula, tramo, límite, velocidad corregida) y, si todo cuadra, valorad si os compensa pagar 50 € y seguir con vuestra vida… y con vuestra mudanza.


¿Qué revisar antes de pagar o alegar?

Antes de soltar el dinero o meteros en el lío de un recurso, revisad:

  • 𝐌𝐚𝐭𝐫𝐢́𝐜𝐮𝐥𝐚 del vehículo: cualquier error puede ser clave.

  • 𝐅𝐞𝐜𝐡𝐚, 𝐡𝐨𝐫𝐚 y punto kilométrico: comprobad que estabais realmente circulando allí.

  • 𝐓𝐢𝐩𝐨 𝐝𝐞 𝐯𝐢́𝐚 y 𝐥𝐢́𝐦𝐢𝐭𝐞 de velocidad del tramo: no os fiéis solo del límite genérico.

  • 𝐕𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐠𝐢𝐝𝐚 que figura en la denuncia.

Si no erais vosotros quienes conducíais, tenéis obligación de identificar al conductor en plazo; no hacerlo puede generar sanciones mucho más altas que la propia multa de velocidad.

 


¿Qué pasa si vais cargados por una mudanza?

Y aquí entra nuestra parte del asunto. Cuando os mudáis y lleváis el coche hasta arriba de cajas, muebles pequeños o remolques, la tentación de “correr un poco más para llegar antes” es fuerte. Pero la mezcla de 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚 + 𝐞𝐱𝐜𝐞𝐬𝐨 𝐝𝐞 𝐯𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 es justo lo que la DGT no quiere ver en carretera.

Además, si vais con furgonetas, camiones ligeros o vehículos de más de 3.500 kg, el límite genérico ya no es 120 km/h: el propio tipo de vehículo tiene límites específicos más bajos, y a 140 km/h podéis entrar en franjas de sanción mucho más duras.

Por eso, muchas familias y empresas se quitan de encima este problema delegando la mudanza en compañías como la nuestra: 𝐧𝐨𝐬𝐨𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐥𝐢𝐝𝐢𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧 𝐫𝐚𝐝𝐚𝐫𝐞𝐬, 𝐥𝐢́𝐦𝐢𝐭𝐞𝐬 𝐲 𝐤𝐢𝐥𝐨́𝐦𝐞𝐭𝐫𝐨𝐬; 𝐯𝐨𝐬𝐨𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐨𝐬 𝐨𝐜𝐮𝐩𝐚́𝐢𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐚 𝐜𝐚𝐬𝐚.


Tiempo ganado vs riesgo asumido: ¿merece la pena ir a 140?

Varios medios han hecho cuentas de cuánto tiempo se gana de verdad yendo a 140 en vez de a 120. El resultado es bastante deprimente para los amantes del “pisad un poco más”: en muchos trayectos, el ahorro de tiempo es mínimo, mientras que el incremento de riesgo y de consumo de combustible sí que se nota.

Es decir, 𝐩𝐨𝐧𝐞𝐫 𝐞𝐥 𝐯𝐞𝐥𝐨𝐜𝐢́𝐦𝐞𝐭𝐫𝐨 𝐞𝐧 𝟏𝟒𝟎 𝐤𝐦/𝐡 os da, como mucho, unos minutos de ventaja en trayectos largos, a cambio de más riesgo de accidente, más papeletas para una multa y más gasto en combustible… justo lo contrario de lo que buscáis si tenéis que apretar el presupuesto de una mudanza.


Cómo evitar mezclar estrés de mudanza, radares y multas

Si estáis preparando una mudanza grande, la forma más sencilla de evitar mezclar 𝐞𝐬𝐭𝐫𝐞́𝐬, 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚, 𝐫𝐚𝐝𝐚𝐫𝐞𝐬 𝐲 𝐦𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 es delegar en una empresa de mudanzas profesionales. En nuestro blog ya os hemos hablado de radares nuevos a 60 km/h en zonas de obras y del plan de la DGT para multiplicar los controles; la conclusión siempre es la misma: respetar límites y planificar bien los viajes reduce sustos y multas.

En Mudanzas Extremeñas llevamos más de 40 años haciendo 𝐦𝐮𝐝𝐚𝐧𝐳𝐚𝐬 𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬, cuidando tanto vuestra carga como la forma de circular: horarios, rutas, límites específicos de cada tipo de vehículo y de cada tramo. Mientras vosotros vais tranquilos, nosotros nos ocupamos de que ni los radares ni la DGT os den el verano.


Dejad que nosotros nos preocupemos de la carretera 😉

Si tenéis en mente una mudanza dentro de España y no queréis sumar a la lista de preocupaciones los radares, las multas y los puntos del carnet, lo más fácil es que nos pidáis 𝐮𝐧 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐮𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐫𝐚́𝐩𝐢𝐝𝐨 𝐠𝐫𝐚𝐭𝐢𝐬 𝐨𝐧𝐥𝐢𝐧𝐞.

👉 𝐅𝐨𝐫𝐦𝐮𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐮𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐠𝐫𝐚𝐭𝐮𝐢𝐭𝐨:
https://www.mudanzasextremenas.com/presupuesto-gratuito/

Rellenáis los datos básicos y os respondemos con un presupuesto ajustado a vuestra mudanza: ciudad de origen y destino, volumen aproximado, fechas, necesidades especiales… sin compromiso y sin que tengáis que ir con el coche cargado “a 140” para llegar a tiempo.

Además, si queréis seguir al día de radares, ITV, precios de combustible y otros temas que afectan a cualquier mudanza en carretera, os invitamos a seguir nuestro blog y nuestro Instagram 𝐈𝐠: @mudanzasextremenas, donde os contamos novedades con un lenguaje claro y algún toque de humor, como siempre.

DESDE AUTOPISTA.ES