ZONAS DE BAJAS EMISIONES (ZBE) 2025: MULTAS OBLIGATORIAS, MAYOR CONTROL Y NUEVAS RESTRICCIONES

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ZONAS DE BAJAS EMISIONES (ZBE) 2025: MULTAS OBLIGATORIAS, MAYOR CONTROL Y NUEVAS RESTRICCIONES

El Gobierno prepara un cambio radical para las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en España. Se termina la permisividad: un nuevo Real Decreto impondrá un régimen de multas obligatorio y un control de accesos mucho más estricto. Si tenías dudas sobre las ZBE, esta nueva normativa aclara el futuro: las sanciones serán la norma, no la excepción.

El Fin de las ZBE ‘Light’: ¿Por Qué Endurece el Gobierno la Normativa?

La decisión de endurecer las condiciones de las ZBE responde a una realidad preocupante. A casi dos años de la aprobación de la Ley de Cambio Climático, su proyecto estrella se enfrenta a serios obstáculos que han frenado su implantación efectiva:

  • Bajo Nivel de Adopción: Apenas un tercio de las más de 150 ciudades obligadas han activado sus Zonas de Bajas Emisiones.
  • Oposición Municipal: Numerosos ayuntamientos se han negado o han retrasado la creación de estas áreas restringidas.
  • Reveses Judiciales: Varios tribunales han suspendido ZBE por defectos de forma o por una señalización deficiente.
  • Precedentes Internacionales: El caso de Francia, donde se eliminaron por considerarse «discriminatorias con las rentas más bajas», ha generado un debate que el Gobierno quiere atajar en España.

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Apenas un tercio de las más de 150 ciudades obligadas han activado sus Zonas de Bajas Emisiones.

 

Las ZBE tendrán que tener un «régimen sancionador activo» y un «sistema de control de accesos»

Y es en este aspecto precisamente donde ya trabaja el Gobierno en las últimas horas, confirmándose que existe un borrador de modificación de Real Decreto para establecer nuevas normas y restricciones, y al que han tenido acceso medios como El País y El Español. En concreto, un nuevo artículo 10 bis contemplará que, para la consideración efectiva de las Zonas de Bajas Emisiones, los ayuntamientos deberán acreditar la publicación de la normativa municipal vigente en el que se establezca por ejemplo la delimitación legal de la misma.

En el documento, el Gobierno subraya que los ayuntamientos así tendrán desde ahora que “acreditar las prohibiciones o restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos, según el potencial contaminante de los mismos”, así como “un sistema activo de control de accesos, monitorización y seguimiento”. Uno de los requisitos finales y fundamentales además de la nueva normativa será por tanto que las Zonas de Bajas Emisiones cuenten “con un régimen sancionador activo”, indicando expresamente que no valdrán ya las trampas ejecutadas hoy mediante “sistemas transitorios de avisos que puedan haberse contemplado previamente”. Se acabó la advertencia sin multar a los conductores.

La Doble Estrategia: Sanciones Económicas y un Nuevo Real Decreto

Para revertir la situación, el Ejecutivo ha puesto en marcha un plan con dos vías de acción claras para forzar a los ayuntamientos a cumplir con la normativa de las ZBE:

  1. Presión Económica: Amenaza directa con la retirada de fondos públicos y subvenciones estatales al transporte para aquellos municipios que no implementen sus ZBE antes de que finalice el año.
  2. Endurecimiento Legal: La creación de un nuevo Real Decreto que elimina los vacíos legales, impidiendo la existencia de ZBE «simbólicas» que no multen a los infractores.
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Claves del Nuevo Real Decreto: Multas de 200€ y Control Activo Obligatorio

El borrador de la nueva normativa, al que ya han accedido varios medios, introduce requisitos muy específicos y de obligado cumplimiento.

Control y Sanciones Ineludibles

El futuro artículo 10 bis exigirá a los ayuntamientos tener un «régimen sancionador activo«. Esto significa el fin de los periodos de aviso: cualquier acceso no autorizado será multado. Se deberá contar, además, con un «sistema activo de control de accesos, monitorización y seguimiento» para garantizar que la norma se cumple.

Multas Graves y Comunicación Centralizada

No respetar las restricciones de una ZBE ya está tipificado en la Ley de Tráfico como infracción grave. La sanción es clara:

  • Multa de 200 euros (reductible a 100 euros por pronto pago).

Además, los ayuntamientos tendrán la obligación de comunicar el perímetro exacto y los criterios de restricción de su ZBE al Punto de Acceso Nacional en materia de tráfico y movilidad.

En los próximos años, las restricciones a la circulación se van a ir extendiendo a los coches que llevan la etiqueta B de la DGT.

 

 

Más Allá de las Etiquetas DGT: Las Futuras Restricciones por Seguridad y Ocupación

La gran novedad del Real Decreto es que ampliará los criterios para restringir el acceso a las ZBE. Aunque las etiquetas medioambientales de la DGT seguirán siendo el pilar fundamental, se añaden dos nuevas variables:

  • Seguridad del Vehículo: Se abre la puerta a prohibir la entrada a coches que no dispongan de los modernos Sistemas Avanzados de Asistencia a la Conducción (ADAS).
  • Ocupación del Vehículo: Los ayuntamientos podrán prohibir el acceso a vehículos que circulen con un solo ocupante, una medida similar a la que ya se aplica en los carriles VAO de las grandes ciudades.
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Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre la Nueva Ley de ZBE

¿Cuándo entrará en vigor la obligación de multar en las ZBE? El Gobierno está trabajando para que el Real Decreto se apruebe lo antes posible, presionando a los ayuntamientos para que activen sus ZBE con régimen sancionador antes de final de año.

¿De cuánto será la multa por entrar en una ZBE sin autorización? La multa es de 200 euros, al considerarse una infracción grave según la Ley de Tráfico.

¿Solo se restringirá el acceso por la etiqueta de la DGT? No. La nueva normativa permitirá a los ayuntamientos añadir criterios de restricción basados en la seguridad del vehículo (sistemas ADAS) y en el número de ocupantes.

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